
Si cotizas en IMSS y tienes 60 años cumplidos, pensiónate en 35 días o si cotizas en ISSSTE y tienes desde 56 años cumplidos pensiónate en 60 días.
La pensión es un pago, temporal o de por vida, que recibe una persona cuando se encuentra en una situación establecida por la ley, que la hace acreedora a una remuneración económica.
La cuantía de la pensión bajo la ley 73 del IMSS se basa en las semanas cotizadas y el salario promedio de los últimos 5 años cotizados y se paga en caso de: Incapacidad laboral permanente o al cumplir 60 años de edad.
Y la cuantía de la pensión bajo el Décimo Transitorio del ISSSTE se basa en los años de servicio y el salario integrado del último año y se paga en caso de: Incapacidad laboral permanente o al cumplir 56 años de edad en mujeres y 58 años de edad en hombres.
Factores Determinantes
Lo primordial para los beneficiarios de la ley 73 del IMSS, es la certificación de semanas, éste es un factor importante, ya que el 97% de las pensiones resultan mal calculadas. Las semanas cotizadas antes del año 1984, se encuentran en archivo documental y hay que certificarlas con una “Búsqueda Manual”.
Mientras que lo primordial para los beneficiarios del régimen Décimo Transitorio del ISSSTE es la certificación de los años de servicio y el tipo de régimen, ya que en algunos casos el Instituto los cambió de régimen o no certifico sus años de servicio de forma correcta.
En ambos institutos el salario es solo un factor, que no define en sí el monto de pensión.
El factor salarial se obtiene con el cálculo de el “Salario Promedio de los Últimos 5 Años de Cotización” en el IMSS y el factor salarial en ISSSTE se obtiene con el cálculo de los años de servicio contra el salario integrado del último año de cotizaciones.
“El IMSS por medio de La Modalidad 40 incrementa tus semanas cotizadas y tu factor salarial, nosotros te podemos ayudar”
“Mientras que en ISSSTE por medio del incremento de Años de Servicio incrementa tu factor salarial, nosotros te podemos ayudar con ese factor”

No pierdas tiempo, por que…
Si realizas el trámite de solicitud de pensión directo en el IMSS o ISSSTE, tendrías que esperar más de un año para obtenerla.
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